Consulta sobre si el Servicio de Impuestos Nacionales reconocerá los documentos firmados con firma digital como legalmente válidos.
El Servicio de Impuestos Nacionales como Administración Tributaria que ejerce, en nombre del Estado, el rol de sujeto activo de la relación jurídica tributaria somete sus actos a la Ley, en ese sentido en el ejercicio de sus funciones que ésta le atribuye, cumple y hace cumplir las normas, por tanto de conformidad con el numeral 3 del Artículo 78 de la Ley Nº 164 de 8 de agosto de 2011, Ley General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación, la firma digital tiene validez jurídica y probatoria a cuyo efecto debe cumplir con los principios de autenticidad, integridad y no repudio establecidos reglamentariamente.