Consulta si es jurídica y tributariamente posible transferir la propiedad de un bien al final de un contrato de arrendamiento financiero a un tercero ajeno al contrato original y cuál el procedimiento.
En el entendido que el hecho y operación formulada en su consulta tiene una naturaleza jurídica regulada y normada en el ámbito comercial, civil y/o financiero, no corresponde a esta Administración Tributaria emitir pronunciamiento en el marco de la normativa tributaria vigente. Se aclara que en el ámbito tributario en caso de existir la transferencia de dominio de un bien mueble, se configura el nacimiento de hecho generador de obligaciones tributarias de los impuestos previstos en la Ley Nº 843.