Guía de Autorización de Facturas de Contingencia
La solicitud de facturas emitidas por contingencia solo esta disponible para aquellos contribuyente que pertenezcan a una modalidad de facturación en Línea o al Portal Web. Permite realizar la solicitud de facturas de contingencia que podrán ser utilizadas solo en caso de emergencia.
- El Contribuyente ingresa al Portal de la Administración Tributaria utilizando las credenciales de oficina Virtual
- Solicita la autorización para la impresión de facturas de contingencia a través de la opción correspondiente (por actividad económica, sucursal, casa matriz o punto de venta)
- El SIN valida entre otras cosas que el contribuyente pertenezca a una modalidad en línea, de ser así, autoriza y genera el CAFC (Código de Autorización de Factura de Contingencia) más un PIN al Contribuyente
- Contribuyente recibe información de la solicitud de impresión + PIN (Acude a imprenta autorizada)
- Contribuyente ingresa en contingencia que impide la emisión de facturas electrónicas
- Se restablece la comunicación
- Emite facturas de contingencia
- Se recupera de la contingencia
- Contribuyente transcribe las facturas de contingencia
- Contribuyente envía facturas transcritas al SIN por paquete a través del servicio correspondiente
Nota: Las facturas por contingencia deberán registrase en el plazo de 72 horas posteriores al restablecimiento de la comunicación y conectividad con la Administración Tributaria, utilizando para ello sus sistemas y tomando en cuenta que se deben transcribir todos los campos solicitados en las tramas de XML correspondientes.