Contingencia y Eventos Significativos
Los eventos significativos son hechos inherentes al Sistema informático de Facturación que intervienen en su funcionamiento o que podrían afectar la emisión de las Facturas Digitales. Deben ser registrados hasta 48 horas posteriores de finalizada la contingencia, a través del sistema autorizado por la Administración Tributaria y enviados automáticamente a través del servicio Web correspondiente.
Tipos de Eventos Significativos que generan contingencia
EVENTO SIGNIFICATIVO |
DETALLE DE ACCIÓN |
1) Corte del servicio de Internet |
Emitir Documentos Fiscales digitales fuera de línea, conforme lo establecido en el Anexo Técnico de la presente Resolución.
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2) Inaccesibilidad al Servicio Web de la Administración Tributaria. |
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3) Ingreso a zonas sin Internet por despliegue de puntos de venta. |
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4) Venta en Lugares sin internet. |
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5) Virus informático o falla de software. |
Emitir Facturas por Contingencia autorizadas por la Administración Tributaria, solicitadas con anterioridad por el Sujeto Pasivo del IVA o emitir Documentos Fiscales Digitales usando de manera transitoria y por contingencia la Modalidad de Facturación Portal Web en línea conforme los aspectos técnicos establecidos en el Anexo Técnico de la presente Resolución.
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6) Cambio de infraestructura de sistema o falla de hardware. |
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7) Corte de suministro de energía eléctrica. |
Emitir Facturas por Contingencia autorizadas por la Administración Tributaria, solicitadas con anterioridad por el Sujeto Pasivo del IVA. |
De producirse una contingencia, pero el sistema informático continua operativo, este deberá cambiar a la emisión de facturas fuera de línea, las facturas se emiten con el CUFD vigente hasta antes del corte. Las facturas emitidas se almacenan en paquetes que posteriormente serán enviados a la administración Tributaria, cuando la contingencia se haya superado. (Obtener un nuevo CUFD antes de registrar el evento significativo y enviar los paquetes, a fin de evitar posibles inconvenientes relacionados al tiempo de vigencia del CUFD durante el envío de los mismos de no hacerlo).
En caso de que no pueda utilizarse el sistema informático por falla de hardware, software o por corte de energía eléctrica, se deberán emitir facturas manuales de contingencia previamente aprovisionadas, superada la contingencia estas deberán ser transcritas utilizando para ello el CUFD que estaba vigente al ingresar en contingencia y enviadas a la Administración Tributaria a través del mismo sistema informático de facturación. (Obtener un nuevo CUFD antes de registrar el evento significativo y enviar los paquetes, a fin de evitar posibles inconvenientes relacionados al tiempo de vigencia del CUFD durante el envío de los mismos de no hacerlo).
Nota: Como buena practica, debe mantenerse un registro de facturas sin código de respuesta, a objeto de que una vez superada la contingencia se verifiquen las mismas consumiendo el servicio verificaciónEstadoFactura a objeto de identificar si fueron registradas o no en el Servicio de Impuestos Nacionales y de ser asi proceder a su anulación de ser necesario evitando duplicidades.
SI el tipo de documento utilizado en la emisión de una factura en fuera de linea es el NIT, se debe enviar el código de excepción con valor uno.