Proceso de Autorización
Se realiza con la finalidad de permitir que un sistema Informático pueda interactuar con el Servicio de Impuestos Nacionales para la emisión de Facturas Digitales. Este proceso se logra superando exitosamente todas las etapas del proceso conocido como Autorización de Sistemas.
Requisitos
Para poder realizar la solicitud de autorización se debe cumplir con los siguientes requisitos:
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NIT del solicitante debe estar activo
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Tener obligación tributaria IVA
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No tener marcas de control o contravenciones tributarias
Solicitud de Autorización de Sistemas Informáticos de Facturación
Si se cumplen los requisitos especificados en la normativa la solicitud se realiza ingresando a PRODUCCIÓN (https://siat.impuestos.gob.bo/launcher/) con las credenciales de SIAT en Linea. Considerar que si el inicio se realiza utilizando la autenticación SIAT en Linea v1 al ingresar buscar la opción "Gestión de Autorización de Sistemas (PILOTO)" o buscar la opción "Sistemas de Facturación" y luego "Gestión de Autorización de Sistemas (PILOTO)" si utiliza la autenticación SIAT en Linea v2. Una vez alli seleccionar la opción “Autorización de Sistemas Informáticos de Facturación”, luego "Seguimiento de Sistemas" y finalmente presionar en "Nuevo Sistema", donde se deberá ingresar los datos del Sistema Informático de Facturación como son:
- Nombre Comercial. Ingresar el nombre con el cual se conocerá el sistema.
- Tipo. Si será para uso propio o de proveedor (Si será utilizado por otras Contribuyentes).
- Versión. Ingresar la versión del sistema
- Marca de Proceso Masivo. Marca que determina que el Proveedor o Propietario realicen pruebas adicionales de envío de paquete de facturas por emisión Masiva, para la autorización del sistema.
- Modalidad de Facturación. Ingresar la modalidad bajo la cual operará el sistema.
- Tipo Documento Sector. Permite seleccionar los tipos de documentos que manejará el sistema, de acuerdo a la actividad que posee el Contribuyente en caso de ser sistema propio y las que desee ofertar en caso de sistema proveedor.
Posteriormente, se deberá ingresar los Datos acerca de la(s) persona(s) de contacto:
- Nombre Completo: Introducir el nombre completo de la persona de contacto.
- Tipo Documento: Introducir el tipo de documento de identidad.
- Número Documento: Introducir el número del documento de identidad seleccionado.
- Complemento: Introducir el número de complemento en caso de contar con uno.
- Correo Electrónico: Introducir un correo electrónico válido.
- Celular: Introducir un número de celular valido.
Finalizado el proceso de registro se genera un reporte con el detalle de la solicitud efectuada, que incluye el código de sistema asignado, parámetros constantes para el consumo de servicios y las direcciones a ser utilizadas para efectuar las diferentes pruebas documentadas en las Fases de Autorización.
Consideraciones para Modalidad Facturación Electrónica en Línea
Para iniciar el proceso de autorización de sistemas que utilicen la modalidad de facturación electrónica en línea, los contribuyentes deberán contar con una firma digital, para ello podrán realizar la solicitud de una firma digital por software de prueba, que deberá ser solicitada a la administración tributaria, siguiendo el siguiente procedimiento:
- El contribuyente deberá generar el CSR de acuerdo a los campos definidos por la ADSIB.
- Una vez tenga el CSR generado, deberá enviarlo al SIN a través del correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
- El SIN a través de correo electrónico enviara el certificado publicado firmado tanto por el SIN, como por la ADSIB
- Ya con el certificado publico y privado, podrá firmar las facturas electrónicas.
Etapas del Proceso de autorización
El proceso de autorización de sistemas consta de tres fases:
Fase 1: Etapa donde se realizan una serie de pruebas mínimas necesarias para la emisión y envío de facturas al SIN
Fase 2: Pruebas de Funcionalidad e Inspección, donde la Administración Tributaria realizará la verificación de las funcionalidades mínimas requeridas por un sistema informático de facturación para poder ser autorizado. Esta fase será coordinada entre la Administración Tributaria y el contribuyente, teniendo en cuenta que puede realizarse físicamente o virtualmente, en función de los criterios establecidos por el SIN.
Fase 3: Tiene por objetivo garantizar y evaluar la implementación del Sistema Informático de Facturación autorizado, mediante la realización de pruebas Funcionales y de Carga, estas pruebas no son contabilizadas o controladas por la Administración Tributaria, siendo responsabilidad del contribuyente a través de un sistema "propio" o "proveedor" que debe realizarlas.