Inhabilitación de Sistemas Informáticos Autorizados
La baja o inhabilitación de un Sistema Informático de Facturación Autorizado se puede realizar a través del portal Web de la Administración Tributaria si se cumple que:
- El Sistema de tipo "Sistema Proveedor" no esté asociado a otro Contribuyente.
- No este habilitado en ninguna sucursal o punto de venta.
- No se encuentre observado por la administración tributaria.
Ingresando a PRODUCCIÓN (https://siat.impuestos.gob.bo/launcher/) con las credenciales de SIAT en Linea. Considerar que si el inicio se realiza utilizando la autenticación SIAT en Linea v1 al ingresar buscar la opción "Gestión de Autorización de Sistemas (PILOTO)" o buscar la opción "Sistemas de Facturación" y luego "Gestión de Autorización de Sistemas (PILOTO)" si utiliza la autenticación SIAT en Linea v2.
- Contribuyente solicita la inhabilitación del Sistema Autorizado.
- El SIN verifica si la solicitud efectuada cumple con los requisitos exigidos.
- El SIN confirma o rechaza la solicitud.