Inhabilitación de Sistemas Informáticos Autorizados
La baja o inhabilitación de un Sistema Informático de Facturación Autorizado se puede realizar a través del portal Web de la Administración Tributaria si se cumple que:
- El Sistema de tipo "Sistema Proveedor" no esté asociado a otro Contribuyente.
- No este habilitado en ninguna sucursal o punto de venta.
- No se encuentre observado por la administración tributaria.
El contribuyente ingresa al portal Web de la Administración Tributaria, utilizando para ello las credenciales de oficina virtual:
- Contribuyente solicita la inhabilitación del Sistema Autorizado.
- El SIN verifica si la solicitud efectuada cumple con los requisitos exigidos.
- El SIN confirma o rechaza la solicitud.